¿Qué es un aval personal y un aval bancario?

Existen diferentes situaciones en las que un banco puede solicitarte un aval bancario o personal como garantía de pago. Una de las más habituales es para el alquiler de una vivienda.

¿Qué es un aval?

Tanto si compramos una casa como si vivimos de alquiler en ella tendremos que asumir unos pagos mensuales, ya sean las cuotas de la renta o de la hipoteca. Pero, ¿qué pasa si en algún momento no podemos asumir estos pagos?

Un aval es una garantía que establece que, en caso de no poder cumplir con ese pago, un tercero lo hará en su lugar.

¿Qué figuras intervienen en un aval?

En primer lugar, el cliente o avalado. Es la persona que solicita el aval para que un tercero le cubra en caso de no poder cumplir con el pago.

En segundo lugar, el banco o avalista. Es quien se encargará de hacer el pago para saldar las obligaciones del avalado en caso de incumplimiento.

En tercer lugar, el beneficiario. Es la persona que se ve perjudicada por el incumplimiento del pago y que, por lo tanto, se beneficia de que el avalista se haga cargo de ello.

¿Siempre voy a necesitar un aval para poder alquilar?

Es importante saber que antes de alquilar, como arrendatario, tendrás que cumplir unos requisitos básicos. Como es lógico, uno de los más importantes para el arrendador será que podamos demostrar cierta solvencia económica, minimizando así el riesgo de impago. Por lo que es normal que se realice un estudio económico al candidato, donde se le solicitan diversos documentos, como un contrato laboral y las tres últimas nóminas.

Pero es posible que con el paso del tiempo la situación cambie, y que se puedan presentar problemas de liquidez que impidan al inquilino pagar la renta. Es por esto que la Ley de Arrendamientos Urbanos recoge la posibilidad de incluir otras garantías adicionales en el contrato de alquiler para reducir el riesgo de endeudamiento. 

Por lo tanto, no es obligatorio, pero es habitual que el casero quiera solicitar un avalista para asegurarse de que cobrará la renta en caso de complicaciones económicas para el arrendatario.

¿Qué diferencia hay entre un aval personal y un aval bancario?

Un aval personal es una forma de garantizar que una tercera persona (padre, madre, familiar, etc.) pague en caso de que la persona que firmó el contrato no pueda hacerlo. Este tipo de aval es más rápido y simple que el aval bancario. 

Por su parte, el aval bancario, garantiza al casero que una entidad financiera será la que se haga cargo de los impagos por el alquiler del piso. 

Por lo tanto, ¿es un aval una especie de seguro de impago?

No, el aval bancario no es un seguro de impago. Cuando una entidad se hace cargo de las obligaciones de una persona avalada, posteriormente esta le reclamará que le devuelva lo que ha abonado al beneficiario.

El aval, ya sea bancario o personal, está pensado para sobre todo proteger al arrendador, mientras que un seguro de impago estaría pensado para cubrir a quien incumple con el pago.

¿En qué situaciones pueden pedirnos un aval?

Como hemos mencionado al inicio, la situación más habitual donde te solicitarán un aval bancario es en la de un contrato de alquiler, para que así el arrendador pueda asegurarse de que se cumplan los pagos pactados.

Mientras que, es habitual solicitar un aval personal de un tercero para gestionar la solicitud de un crédito o préstamo personal. En este caso, el avalista actúa como “elementos de confianza” para seguir adelante con la gestión.

¿Qué pide el banco para otorgar un aval bancario?

Que un banco nos avale siempre tendrá un coste. El precio de un aval bancario dependerá del riesgo que asuma el avalista en su concesión. A más riesgo, mayor será el precio. El riesgo dependerá de diferentes variables. La más determinante son las cuantías de las obligaciones que se avalan y el plazo durante el cual se avalan.

Además del precio, el aval bancario implicará unas comisiones y gastos.

¿Cómo se solicita un aval bancario y qué información deberemos aportar?

El aval bancario se solicita en la entidad en la que el avalado es cliente. El banco entonces estudiará la solicitud y la solvencia del avalado para reintegrar el dinero que el avalista tuviera que adelantarle al beneficiario, en caso de ejecución del aval.

Además, es habitual que el cliente tenga que firmar un seguro de cobertura de garantía bancaria que cubra al banco en conceptos como el pago de comisiones, los intereses y gastos, etc.

La información del documento del aval bancario puede variar según los objetivos, pero en un caso de aval bancario para el alquiler es imprescindible que incluya:

  • el tiempo total del aval bancario
  • el plazo por el cual se concede, con su posible renovación
  • el compromiso de que puede ejecutarse en el primer requerimiento del beneficiario, siempre y cuando pueda acreditar el impago.

 

Por último, si vas a alquilar una casa y te exigen aval bancario, ten en cuenta que este tiene que figurar en el contrato. También deberás conservar el documento original para cancelarlo en cuanto llegue el momento.